Podrán obtener el Sello Buena Práctica TIC Educarex todas aquellas acciones, desarrollos, proyectos educativos, publicaciones digitales, materiales educativos digitales o iniciativas de uso de las TIC que sirvan para conseguir mejoras sustanciales en las relaciones, procesos formativos y actividades de los centros de enseñanza, así como en la consecución de los objetivos de las diferentes etapas educativas a las que estén destinadas y en la adquisición de las competencias clave mediante el uso de las TIC.
En todo caso, el Sello Buena Práctica TIC Educarex solo podrá ser concedido a iniciativas que se encuentren activas en el momento de su solicitud y que presenten productos desarrollados, y no a meras intenciones o a proyectos pendientes de desarrollo.
Las buenas prácticas a que se refiere esta orden deberán desarrollarse en centros educativos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con independencia de que formen parte de un proyecto de carácter exclusivamente regional, o bien posean otra dimensión más amplia, y pueden centrarse en diversos ámbitos (organizativo, académico, didáctico, pedagógico, metodológico, evaluador, promoción, gestión, difusión o comunicación).