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SELLO DE BUENA PRÁCTICA TIC EDUCAREX

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Efectos de la concesión

  • La Administración Educativa difundirá las iniciativas que hayan obtenido el Sello Buena Práctica TIC Educarex y las incluirá en el Catálogo de Buenas Prácticas TIC que se creará al efecto.

  • La obtención del Sello Buena Práctica TIC Educarex por parte de docentes llevará aparejada la concesión de los créditos de innovación educativa que se indican en el artículo 10 de la Orden de 14 de julio de 2016 por la que se crea el Sello Buena Práctica TIC Educarex.

  • No podrán obtener el Sello Buena Práctica TIC Educarex las iniciativas que se hayan desarrollado en el marco de convocatorias de cualquier administración educativa que hayan recibido ayudas o subvenciones para su desarrollo.

  • Aquellos docentes que ya hubiesen sido reconocidos por la Consejería con competencias en educación con créditos de innovación educativa por las iniciativas propuestas para la concesión del Sello de Buenas Prácticas TIC Educarex no podrán acumular nuevos créditos por esta misma iniciativa, salvo que en la propuesta de la Comisión se conceda una categoría de sello superior, en cuyo caso se les reconocerá la diferencia.

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